Jueza federal de Estados Unidos deroga ley que autoriza exención impositiva a viviendas parroquiales

La medida ha sido apelada; Iglesia Adventista probablemente presente un escrito de tercero interesado

Silver Spring, Maryland, United States | Ansel Oliver/ANN

La semana pasada, una jueza federal de los Estados Unidos dictaminó que la exención impositiva parroquial que exime a los clérigos de pagar impuestos sobre ingresos designados como de vivienda es inconstitucional, una medida que de mantenerse podría afectar las compensaciones que reciben decenas de miles de trabajadores religiosos en el país.

En su decisión, la jueza Barbara Crabb dijo que la ley, conocida como la “exención parroquial”, beneficia “a los religiosos y a nadie más, si bien hacerlo no es necesario para aliviar la carga especial sobre el ejercicio religioso”.

La exención parroquial, escribió, viola la Cláusula de Establecimiento de la Primera Enmienda, que prohíbe que el Congreso sancione una ley “que respete el establecimiento de la religión”.

Crabb dijo que su dictamen no sería implementado mientras la apelación siga su curso.

Su decisión es resultado de un juicio presentado por la Fundación Freedom From Religion, de Wisconsin, que defiende la separación de la Iglesia y el Estado. La fundación demandó al ministro del Tesoro de los Estados Unidos y al comisionado de Hacienda por la exención, que fue aprobada por el Congreso en 1954. La Sección 107 del Código de Hacienda permite que “un ministro del evangelio” designe una compensación como prestación de vivienda que esté exenta del impuesto a las ganancias.

“Este fallo es muy importante, porque podría tener un impacto dramática en la manera en que la iglesia compensa a sus ministros”, dijo Tom Wetmore, asesor legal asociado de la Iglesia Adventista. “Por mucho tiempo hemos dependido de este beneficio impositivo para el paquete de compensación de nuestros ministros en los Estados Unidos”.

Se estima que este beneficio a los ministros adventistas representa entre el 5 al 10 por ciento del paquete total de compensaciones, dijo.

Wetmore dijo que el fallo también hace que surjan interrogantes sobre otros aspectos del estatus impositivo de los ministros y otras reglas impositivas únicas que tienen las iglesias, tales como las exenciones de informar actividades que les producen ingresos y planes de beneficios.

Se espera que el caso sea apelado en el Juzgado 7° de Apelaciones de Chicago. De ser así, Wetmore dijo que es muy probable que la Iglesia Adventista presente un amicus curiae (un escrito de comparecencia de tercero interesado) o se una a uno de estos escritos presentado por otros grupos.

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